Lista Ley de Ingresos para su aprobación

Las Comisiones Unidas de Planeación y Gasto Público y de Finanzas Públicas de la LIX Legislatura mexiquense aprobaron las leyes de Ingresos de la entidad para el ejercicio fiscal 2016, que prevé ingresos por 221 mil 285 millones 729 mil 374 pesos, superiores en 4.4% a los de este año, y de Ingresos de los Municipios, que no incorpora nuevos rubros impositivos y prevé diversos beneficios a sectores vulnerables y a contribuyentes puntuales.Los legisladores acordaron incorporar al dictamen la propuesta del diputado Javier Salinas Narváez (PRD), quien presidió las comisiones unidas, para establecer que de los ingresos excedentes, la Secretaría de Finanzas presente un informe trimestralmente a la Legislatura en los meses de abril, julio y octubre, además de que en el cierre del ejercicio fiscal se presentarán en la Cuenta Pública.
El dictamen correspondiente a la iniciativa respectiva del gobernador Eruviel Ávila Villegas, turnado al Pleno para su votación definitiva, establece un subsidio de 100% en el pago del Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal, a empresas que contraten a jóvenes, adultos mayores, personas que accedan por primera vez al mercado laboral, en los años 2014, 2015 ó 2016, o bien, a quienes inicien operaciones con su fuente de empleo y domicilio fiscal en territorio mexiquense durante el ejercicio fiscal 2016.
Además, un subsidio equivalente hasta de 100% en el monto de derechos estatales cuando se realicen campañas de regularización fiscal, así como exenciones en el pago de contribuciones estatales por actos administrativos de regularización de la tenencia de la tierra.
Para facilitar la adquisición de vivienda digna, se mantiene el subsidio de 100% en el pago de derechos por servicios prestados por el Instituto de la Función Registral del Estado de México en favor de los beneficiarios de los programas de promoción de vivienda de interés social, social progresiva y popular, y de regularización de la tenencia de la tierra, cuyas operaciones sean de hasta 595 mil 956 pesos.
De igual forma, mantiene el subsidio de hasta 100% en el pago de los derechos por servicios del Certificado de Libertad o Existencia de Gravámenes y la inscripción relativa de inmuebles destinados a la apertura de unidades económicas de bajo impacto, cuya superficie sea menor a los 2 mil metros cuadrados.
LEY DE INGRESOS DE LOS MUNICIPIOS
En cuanto a la Ley de Ingresos de los Municipios, el decreto prevé conservar para el ejercicio fiscal 2016, las bonificaciones de 8%, 6% y 4% por pago anual anticipado del impuesto predial, cuando se realice en una sola exhibición durante los meses de enero, febrero y marzo, respectivamente; además por pago puntual de los dos últimos años, se propone una bonificación adicional de 8%, 6% y 2% durante los mismos meses.
Iguales condiciones aplicarán por derechos de agua potable, drenaje, alcantarillado, recepción de los caudales de aguas residuales para su tratamiento o manejo y conducción; en este caso, los porcentajes de bonificación adicional por pago puntual son de 4 y 2 aplicables durante enero y febrero, respectivamente.
Considera una bonificación de hasta 34% en el pago del impuesto predial a pensionados, jubilados, huérfanos menores de 18 años, personas con discapacidad, adultos mayores, viudas o viudos sin ingresos fijos y aquellas personas físicas cuya percepción diaria no rebase tres salarios mínimos generales; y hasta de 38% en el pago de los derechos por servicio de suministro de agua potable, drenaje, alcantarillado, recepción de los caudales de aguas residuales para su tratamiento o manejo y conducción.
Establece estímulos fiscales de hasta 100% en el pago del impuesto predial y de los accesorios legales causados a propietarios de predios destinados a actividades agropecuarias, acuícolas y forestales y 50% a propietarios de inmuebles destinados a casa habitación por los ejercicios fiscales de 2014 y anteriores, en ambos casos, cuando se presenten a regularizar sus adeudos.
Además de que no plantea nuevos rubros impositivos, establece que durante el ejercicio fiscal de 2016, los ayuntamientos acuerden a favor de los contribuyentes, estímulos fiscales a través de bonificaciones de hasta el 100% en el pago de contribuciones, cuando se destinen a la apertura de unidades económicas de bajo impacto.
Durante el análisis en lo particular, el diputado Raymundo Guzmán Corroviñas (PAN) señaló que la bonificación de hasta el 34% en el pago de impuesto predial a favor de grupos vulnerables es limitativa, por lo que propuso que cada municipio prevea bonificaciones de hasta 100% con base en las condiciones de cada ayuntamiento, propuesta que fue desechada. En ese sentido, la diputada Angélica Bernardino Rojas (PRD) consideró que los municipios tienen la facultad de promover los estímulos fiscales necesarios.
El diputado Francisco Javier Fernández Clamont (PRI) resaltó que para el ejercicio fiscal 2016 los municipios tendrán un aumento de 4.7% en participaciones, y reservó el artículo 5 para que los municipios con adeudos realicen convenios con las instituciones respectivas y puedan subsanar los adeudos, propuesta que fue desechada.
En este asunto, el diputado Marco Antonio Ramírez Ramírez (morena) dijo que la propuesta es adecuada, sin embargo consideró que debe analizarse más a fondo; la diputada Areli Hernández Martínez solicitó respetar la autonomía de los municipios, en tanto el legislador Carlos Sánchez Sánchez (PT) opinó que es una propuesta interesante y ayudaría a evitar la corrupción en algunos municipios, mientras que el legislador Francisco Agundis Arias (Verde Ecologista) consideró viable que fuera turnada a comisiones.