Sancionar acoso laboral en el servicio público con amonestación, destitución o inhabilitación, plantea el PRD

  • Es la conducta que busca intimidar, opacar, amedrentar o consumir emocional o intelectualmente a un servidor público.

El grupo parlamentario del PRD de la LX Legislatura mexiquense propuso reformas al artículo 50 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios para que la o el servidor público culpable de acoso laboral no solo sea sancionado con la recisión del contrato, sino que se considere una falta administrativa que se castigue con amonestación pública, destitución del cargo o inhabilitación temporal para desempeñar empleo, cargo o comisión en el servicio público.

En sesión deliberante, el diputado Omar Ortega Álvarez, coordinador parlamentario del PRD, expuso que de acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo 2019, más de 23 mil 500 personas dejaron su trabajo por acoso laboral, conducta que consiste en el trato vejatorio, descalificador o intimidatorio por parte de una persona o un grupo de personas, independientemente de su cargo, hacia otra en ambientes de trabajo, y que se produce de forma sistemática y recurrente durante un periodo prolongado.

Esta conducta, indicó el legislador, representa una forma de violencia psicológica en la cual la víctima es sometida a todo tipo de maltratos, desde los más sutiles, como rumores o burlas, hasta los más evidentes, como la ofensa verbal, la descalificación pública, la humillación e incluso la violencia física.

Omar Ortega reconoció la reforma laboral aprobada por la LX Legislatura en noviembre del año pasado, pero consideró preciso ampliar la protección y cobertura de los derechos y la dignidad humana.

De ser aprobada la iniciativa remitida a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, se armonizará el marco jurídico en beneficio de las y los servidores públicos del Estado de México.