Anuar Azar si incurrió en actos anticipados de campaña, dice TRIEEM

Por cuanto hace a los procedimientos sancionadores ordinarios, el Tribunal Electoral del Estado de México (TRIEEM), destaca el instaurado por diversos ciudadanos en contra de Anuar Roberto Azar Figueroa, en su calidad de diputado local, por la supuesta realización de promoción personalizada y actos anticipados de precampaña, así como en contra del Partido Acción Nacional.
En la sentencia se tuvo por acreditada la promoción personalizada del diputado local en espectaculares y bardas expuestas en el municipio de Cuautitlán Izcalli, vulnerando con dicho actuar, lo establecido en el artículo 134 constitucional, en relación con el artículo 129 de la Constitución local; por lo que como consecuencia de lo anterior, se le dio vista al Presidente de la Junta de Coordinación Política de la Legislatura local, a fin de que proceda en términos de las leyes aplicables.
En relación a la responsabilidad del instituto político denunciado, se tuvo por no acreditada, en tanto que los partidos políticos, no son responsables por las conductas de sus militantes cuando actúan en su calidad de servidores públicos.